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Pandemia viral, pandemia Judicial

Por el Dr. Pedro Martín San Juan


El brote de la enfermedad provocada por coronavirus 2019 (COVID-19) que se informó por primera vez desde Wuhan, China, el 31 de diciembre de 2019, evolucionó de ser una noticia de televisión y tapa de los principales diarios, a provocar una pandemia mundial que ha infectado, a la fecha de confección de este informe, a más de 25.000.000 de personas y ha provocado más de 800.000 fallecimientos.

El primer caso confirmado en la Argentina se conoció el 03/03/2020, y el 07/03/20 de marzo, el Ministerio de Salud confirmó la primera muerte del país y de América Latina. El 11/03/2020 la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró pandémico el brote de COVID-19 y el 20/03/2020 el Gobierno Nacional Decretó el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO), que aún hoy continúa vigente con modificaciones varias de acuerdo a distintas ciudades y provincias.

A partir del 20/03/2020 comenzó una odisea en la totalidad de los establecimientos asistenciales como consecuencia del hecho que nadie sabe nada sobre el COVID-19, y a lo largo de los meses fueron desarrollándose protocolos que fueron modificando las condiciones de atención y también se generaron expectativas terapéuticas con distintos medicamentos y procedimientos (hidroxicloroquina, Remdesivir, transfusiones de plasma, nebulizaciones con Ibuprofeno, etc).

Aunque las prácticas médicas programadas están mayoritariamente suspendidas sin fecha, en las instituciones médicas se atienden e internan pacientes portadores de COVID-19 y pacientes no infectados. Una gran parte de los pacientes no infectados que permanecen más de 5 días internados se contagian dentro de la institución, lo cual modifica fatalmente el pronóstico y la evolución de algunos de ellos.

El conflicto en las instituciones es diario y permanente. La pandemia viral está trayendo infinidad de problemas cotidianos que hay que resolver a nivel de recursos humanos, relaciones con el paciente y su grupo familiar, relaciones con la ART, retardo informativo de parte del SISA, etc.; y todo el mundo está esperando con ansiedad que llegue la vacuna que permita terminar con el aislamiento y permita la normalización de los servicios asistenciales y no asistenciales.

Los abogados también esperan la normalización de su actividad. En la actualidad los tribunales están trabajando mínimamente porque no se ha logrado establecer un sistema remoto para el trámite de los expedientes y las audiencias. Sin embargo, en algún momento la justicia comenzará a trabajar a pleno; y la pandemia viral se va a transformar en una pandemia judicial contra los profesionales de la salud y los establecimientos asistenciales a través de un maremágnum de reclamos judiciales.

Ya existe conciencia en las instituciones médicas del problema futuro, y se percibe cierta sensación de temor y desamparo frente al tema, luego de pasar durante poco menos de un año poniéndole el cuerpo al problema médico y tratando de resolver de la mejor manera posible cada situación.

Si bien cada reclamo es individual y diferente, la esencia de cada uno de ellos será similar: 1.- Ingresó bien y contrajo COVID-19 en la institución y se murió. 2.- En esa institución no se cumplieron con los protocolos de protección. 3.- No le dieron plasma a mi familiar y por eso falleció. 4.- No me dejaron entrar para ver a mi familiar y se murió solo sin que yo recibiera información. Me avisaron cuando estaba muerto.

Cómo “Risk Manager” especializado en Medical Malpractice, debo decir que los cambios desde el punto de vista asistencial han sido tantos desde el 20/03/2020 hasta la actualidad; que el primer elemento a analizar para defender cualquier situación, es el periodo de tiempo durante el cual el paciente fue atendido, para comparar el estándar establecido por el protocolo de atención vigente a esa fecha con lo actuado con el paciente.

Por otra parte, ante la gravedad del problema y la dificultad en la toma de decisiones, muchos establecimientos asistenciales han estructurado un “Comité de Crisis” integrado por los tres o cuatro profesionales destacados del establecimiento (Director Médico, Infectólogo, Jefe de UTI, Coordinador Clínico); que no solamente analiza cada problema que se detecta, sino que evalúa las nuevas normativas, la redistribución de los recursos humanos, y toma las decisiones documentándolas en un libro de actas específico para el Comité de Crisis.

El funcionamiento del Comité permite realizar el necesario “brainstorming” para resolver de la mejor manera posible cada situación que la pandemia impone.

Por este motivo, al igual que el médico reduce el riesgo judicial confeccionando una buena documentación médica, las instituciones podrán utilizar como defensa de los reclamos judiciales que reciban el análisis del caso en base a la fecha en la que se produjeron los hechos, aportando la información documentada emanada del Comité de Crisis para tal situación y analizando técnicamente la atención del paciente de acuerdo al estándar vigente al momento de la atención. Estas herramientas no solo son válidas, sino que tendrán una gran utilidad para estructurar la defensa ante la pandemia judicial que se avecina.

Dr. Pedro San Juan
Médico Legista Universitario, especialista en Derecho de Daño
Analista de Riesgo en Responsabilidad Profesional Médica e Institucional
psanjuan@medline-sa.com.ar

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