Cuenta regresiva en las aseguradoras para la aplicación de la NIIF 17

La aplicación de la Norma Internacional de Información Financiera 17 representa uno de los desafíos normativos más importantes que hayan tenido las compañías locales.


Las compañías aseguradoras argentinas se encuentran ante uno de los desafíos normativos más importantes de su historia, planteándose nuevos retos al momento de contabilizar sus contratos de seguros. Los desafios a los que se enfrentan son de carácter contable y actuarial, relacionado con la Norma Internacional de Información Financiera 17: Contratos de seguros también conocida como NIIF 17 (o «IFRS 17» por sis siglas en inglés), emitidas en mayo de 2017.

En busca de mayor consistencia y transparencia en los estados financieros, esta Normativa reemplazará a NIIF 4, proponiendo una nueva metodología para el tratamiento y la contabilización de contratos de seguro y reaseguro. Así se logrará una mayor homogeneidad y comparabilidad en la información a relevar por las entidades quue reporten bajo esta Normativa.

Si bien NIIF 17 ofrece varias mejoras respecto de NIIF 4, estas ventajas también van a representar esfuerzos adicionales para las entidades locales. En Europa el impacto se encuentra atenuado porque la mayoría de las entidades reportan bajo Solvencia II, y las métricas utilizadas pueden ser fácilmente adaptadas a los estándares que porpone NIIF 17. Sin embargo, en Argentina esto no es así: la normativa local, establecida por la Superintendencia de Seguros de la Nación, difiere considerablemente de la NIIF 4, y mucho más, de la NIIF 17. Las entidades enfrentarán un escenario en donde deberán determinar parámetros e infores que nunca fueron requeridos.

Será necesario plantear nuevamente los procesos de las entidades aseguradoras con el fin de adoptar esta nueva normativa. Su principal impacto se verá reflejado en el armado de reportes y los cambios en los sistemas. Sumado a esto, se deberá tener en cuenta la aplicación de la normativa contable de activos y pasivos finacieros (NIIF 9), lo cual plantea mayores exigencias en el plano regulatorio.

Si bien hay ciertas dimesiones de la normativa que impactarán de igual manera a todas las entidades, NIIF 17 propone distintas metodologías para la medición y contabilización de los contratos de seguros, y existen claras diferencias respecto del tratamiento de contratos de seguro de vida y seguros generales. Por ejemplo, las entidades que ofrezcan principalmente seguros generales tienen la posibilidad de implementar un modelo de valuación simplificado.

Un punto que implica un gran cambio está relacionado con las tasas de interés, ya que NIIF 17 establece como obligatorio el descuento de los flujos de fondos. En un contexto inflacionario y de alta volatilidad, será un punto crítico analizar el impacto que tendrá este cambio sobre los resultados.

En definitiva, las entidades que adopten NIIF 17 no solo verán impactos en los valores reportados, sino que deberán incorporar nuevas infraestructuras organizacionales y sistemas que contemplen estos cambios.

En la última enmienda lanzada por el IASB en marzo 2020, se determinó que la fecha definitiva de implementación será el 1 de enero de 2023. Aunque esta fecha podría parecer lejana, las dificultades que se plantean, vinculadas a los cambios en todos los niveles de las organizaciones, requiere que las entidades comiencen cuanto antes con la planificación de su implementación.

Fuente: El Cronista