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La Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal suspendió 10 artículos del DNU 70/2023 que afectaban la actividad farmacéutica y la venta de medicamentos.

El fallo, en respuesta a una medida cautelar presentada por la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica de la República Argentina (FEFARA), deja sin efecto la venta de dos tipos de medicamentos, analgésicos y antiácidos, fuera de las farmacias, algo que el DNU había habilitado.

La medida ordena la suspensión de los artículos 313, 314, 315, 316, 317, 319, 320, 321, 323 y 324 del DNU 70/2023 y de sus reglamentaciones y modificatorias posteriores.

Con la suspensión judicial, vuelve a regir el régimen anterior: estos medicamentos solo podrán comercializarse en farmacias habilitadas bajo la supervisión de profesionales farmacéuticos.

Además, el fallo deja sin efecto el artículo del decreto que habilitaba a un farmacéutico a estar a cargo de más de un local de expendio.

La decisión fue adoptada por los jueces Clara Do Pico, Liliana Heiland y Rodolfo Facio, quienes consideraron que el DNU afectaba derechos fundamentales vinculados al ejercicio profesional de los farmacéuticos y al acceso seguro de la población a los medicamentos.

Fuente: CONSENSOSALUD